viernes, 27 de agosto de 2010

LIBERTAD! X3 *

Desde nuestros primeros momentos que recién llegamos al mundo tenemos el instinto de hacer aquello que no se nos prohíbe, aquello que creemos y que tenemos la noción de que esta bien para nuestro entender. Y como muchos han escrito y han pensando al señalar y al indicar en algunos casos (me refiero al orden doctrinal de las ideas) que el hombre viene al mundo libre y que si bien es cierto han existido monumentos y expresiones que desarrollen la idea de la libertad, esta siempre ha sido y será inherente a la condición de seres humanos mientras no mutemos en algo que nos degrade tanto y que nos deje sin pizca de humanidad.

El eslogan más conocido y que vale la pena mencionar en la presente es el de la Revolución Francesa formulada lo siguiente: Liberté, égalité, fraternité – libertad, igualdad, fraternidad. Es claro que el lema que acopio en estas líneas no esta completo debido a que se al final del eslogan iba la palabra ou la mort! que se traduce como o la muerte (esto debido que en tiempos de revolución como fue la revolución francesa se tenia a la guerra y a la rebelión como seguidoras), que tiene como traducción o la muerte; sin embargo como las líneas se inspiran en la LIBERTAD considere que no era necesario copiarlo del todo, solo considere interpretarlo del lado “alegre” que nos dejo la Revolución Francesa y toda sus historia.

El lema que represento fue adoptado por Francia como lema oficial de su Estado, por se Segunda y Tercera República. Nunca unas palabras tan bien dichas juntas causarían un estruendo en el mundo de la revoluciones y que duraran por más de dos siglos en las mentes de los hombres que todavía sienten su libertad.

La libertad es lo único que tenemos y tendremos; algo así como la más preciada de las cosas, como alguna vez lo leí en algún lugar que por ahora no recuerdo. Así fue reconocido por la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano del año de 1789, que a la letra de su artículo 4º dice: La libertad consiste en poder hacer todo lo que no daña a los demás. Así, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene más límites que los que aseguran a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Estos límites solo pueden ser determinados por la ley.

Este dispositivo creo una corriente y una consecuencia permanente que sirve de base para cada una de las declaraciones de independencia que se llevaron a cabo, dado el ejemplo francés y el norteamericano.

Existe, doctrinalmente una tendencia que relaciona el significado de “libertad” con la justicia y con la igualdad, por mi parte considero que tanto así como se suele creer no esta relacionado (me explico, para algunas corrientes doctrinarias se tiene la noción extraña de que no existe libertad sin justicia y viceversa, surge la misma idea con la igualdad) debido a que la libertad implica otra gama de principios y en su amplitud engloba derechos y es mas los promueve; por ello que considero como errado el pensar de estas.

Como es muy evidente el concepto de libertad engloba desde la libertad individual, la libertad al trabajo, la libertad de conciencia, la libertad de información entre otras; tal como nuestra constitución política vigente en su parte orgánica lo señala. Ante la violación, afectación o lesión del derecho a la libertad tenemos abiertas las vías de acción penal y constitucional; sin embargo no debemos dejar de pensar que la libertad se constituye como un concepto abstracto tan infinito y tan esencial.

Por ello, la libertad de la persona, la libertad del hombre es base de cualquier idea y cualquier forma de evolución.


*ARTÍCULO PUBLICADO EN MI COLUMNA - PREGUNTAR X PREGUNTAR-  DEL DIARIO "LOS ANDES" EL DÍA JUEVES 26 DE AGOSTO DEL 2010.

martes, 24 de agosto de 2010

Mi hijo... El perro - Naturaleza jurídica de las mascotas *





La naturaleza jurídica de los animales es discutida en el Derecho.

Peter Singer[1], sustentado en el pensamiento utilitarsta de Jeremy Bentham, y por su lado Gary Francione[2], son los máximos referente en materia de defensa de los derechos de los animales. Combaten el especismo o especieísmo (discriminación basada en la diferencia de especie animal) y promueven el veganismo (descartar toda forma de explotación y crueldad al reino animal, reverenciando la vida). Tobías[3] considera que los animales son objetos del derecho de propiedad y no sujetos del derecho, es decir medios o instrumentos ordenados a la satisfacción de intereses humanos. Para Lorenzetti es básico otorgar un status especial al protegerse ciertas especies en extinción[4]. Comos seres de la naturaleza animados, a criterio de Benjamin[5], merecen un status jurídico propio, no necesariamente como sujetos, ni como simple res objeto de derecho.

Con un criterio intermedio Domnigo Oslé plantea que los animales no son nomóforos (portadores de derechos en mérito a la dignidad) pero que pueden y deben ser considerados una categoría distinta de las cosas en la medida que no siendo libres ni responsables no pueden ser jurídicamente equiparados a las personas[6] proponiendo, en su línea, un ius tertius, es decir referirnos a un Animal Law pero no a un animal rights[7]. A esta posición intermedia --ni uno ni otro-- João Batista Villela la tilda como un típico caso de tertium non datur (principio de tercio excluso todo porposición es verdadera o falsa, no hay nada intermedio, en todo caso una de ellas es necesariamente falsa) que no ofrece una solución eficaz y que, por lo contrario, resulta indipensable saber qué son jurídicamente los animales para reconcerles una dignidad y garantizarles un tratamiento justo[8].
Bien, pero para nuestra materia cabe presentar a los animales como mascotas, como animales domésticos de compañía integrantes de una familia. ¿Qué hogar no tiene un animal? ¿Qué familia no tiene como uno más de sus integrantes a una mascota a la cual le brinda cuidado, atención, adiestramiento siendo parte de un presupuesto especial?
De cada 10 familia 8 tienen un animal al cual se le brinda una estima familiar. La mascota es un miembro de la familia, un hijo más. Téngase en cuenta que, por citar un ejemplo de enrolamiento de los animales en la familia, las mascotas son recomendadas como compañía para los menores que sufren problemas depresivos generánadose una relación más que particular.
Dimitre Braga Soares[9] sostiene que dentro de las cuestiones que deben ser pensadas por los estudiosos del Derecho de Família tenemos:
¿El afecto de los dueños a sus animales es proporcional al afecto recíproco entre familiares? ¿En una acción de separación, divorcio o disolución de unión estable sería admisible fijar la guarda de una mascota? ¿La pérdida o muerte de un animal generaría una indemnización por daño moral? ¿En la fijación de la pensión de alimentos cabría la inclusión de un monto para cubrir las necesidades de un animal de estimación familiar? ¿Es legítima la afirmación de muchos dueños que las mascotas son como hijos y, por tanto, son parte de la familia?
La humanización de los animales, la consagración de derechos y su recategorización dentro de la estructura de los sujetos --llegándosele a denominar subjetos o percosas-- llevan a repensar no solo los denominados derechos de los animales sino, también, el rol de las mascotas dentro de las relaciones familares. La ley insunua que los animales tienen derecho a ser parte de una familia “Todo can tiene derecho a la protección de la vida, a su integridad física que incluye la salud y la alimentación que debe brindarle su propietario, tenedor o criador, a fin de que pueda desarrollarse en un ambiente apropiado, en armonía y sociabilidad con la comunidad” (es subrayado es nuestro) (art.5)[10].
A todo lo expuesto nos preguntaríamos:
- ¿Cuáles serían las consideraciones legales para negar un régimen de visitas o la tenencia compartida de una mascota?
- ¿Cuál sería la vía para demandar la manutención de una mascota... obligación de dar o alimentos?
Respuestas a cada una de estas u otras preguntas podemos sustentarlas en el hecho del beneficio o titularidad legal que tienen los animales en ciertos países, por ejemplo ser sujetos de legado, caso del estado de Nueva York[11].
Los animales para los derechos reales son bienes semovientes (del latín se movens, que se mueve a sí mismo, en inglés livestock). Se trataría de un tipo de bien mueble y está relacionado exclusivamente con el ganado respecto de los cuales pueden realizarse transacciones económicas (venta, comercialziación reproductiva). Pero, las mascotas son algo más que un animal, no son propiamente un bien y se integran en comunidades humanas como parte de ellas. ¿Cual es la calidad de una mascota en las relaciones familiares?. Entro todas estas cual es la más ad hoc:
- Un miembro más,

- Un bien propio,

- Un bien social o,

- Parte del menaje ordinario del hogar.
Notas:
[1] Animal Liberation: A New Ethics for our Treatment of Animals, New York Review/Random House, New York, 1975; Cape, London, 1976; Avon, New York, 1977; Paladin, London, 1977; Thorsons, London, 1983. Harper Perennial Modern Classics, New York, 2009.

[2] Animals, Property and the Law. Philadelphia: Temple University Press, 1995.

[3] TOBIAS, José W.: Derecho de las personas. Instituciones de Derecho civil: parte general, 1ª ed., Buenos Aires, La Ley, 2009, p.8.

[4] LORENZETTI, Ricardo Luis: Razonamiento judicial. Fundamentos de Derecho privado, Lima, Co edición Instituto de Derecho privado latinoamericano y Grijley, 2006, p.124.

[5] BENJAMIN, Antonio Hermán: “¿Derechos de la naturaleza?”, en: Obligaciones y contrato en los albores del siglo XXI, Libro homenaje al profesor Doctor Roberto M. López Cabana, Buenos Aires, Abeledo Perrot, 2001, pp.35 y 36

[6] DOMINGO OSLE, Rafael: Hacia un Derecho global, 3ª ed. rev. y aum., Lima, Fondo Editorial, Universidad de Lima, 2009, p.192.

[7] DOMINGO OSLE, Rafael: Hacia un Derecho global, 3ª ed. rev. y aum., Lima, Fondo Editorial, Universidad de Lima, 2009, p.195.

[8] VILLELA, João Batista: “Bichos: uma otra revoluçãcion es possível”, en: Revista del Rey Jurídica, año 8, No.16, Sem. 2006, Brasil BH – MG, p.13.

[9] BRAGA SOARES, Dimitre: “Animais de Estimação e Direito de Família”, en: http://www.ibdfam.org.br/, (06/08/2009).

[10] DS. 006-2002-SA (DOEP., 25.06.2002), Reglamento de la Ley 27265 (DOEP., 22.05.00), Ley de protección a los animales domésticos y a los animales silvestres mantenidos en cautiverio.

[11] Trouble, el perro Maltés, que heredó 12 millones de dólares de su dueña Leona Hemsley.
 
* INTERESANTE POST DE ENRIQUE VARSI EN http://www.enriquevarsi.com/2009/10/mi-hijo-el-perro.html

lunes, 23 de agosto de 2010

DE NOSOTROS MISMOS *

Son interminables las conversaciones sobre quien fue, quien será o quien podría ser un mejor y hasta un buen gobernante. Hemos podido aprender esta “costumbre” desde nuestros padres hasta de la gente que siempre habla en las esquinas de las calles, normalmente angostas de nuestra ciudad, de todo ello hemos podido escuchar con claridad la mayoría de las veces que siempre encontramos un defecto o una mala costumbre de quien fue, quien será o quien podría ser un mejor y hasta un buen gobernante.

Tales conversaciones y, por así decirlo tales afirmaciones, causan un gran impacto en nuestro imaginario y en nuestro ideal; así hemos sido criados y se podría decir hasta en cierta forma que así hemos sido creados.

La costumbre de decir las cosas como las pensamos y la costumbre de opinar de nosotros mismos, que no siendo unos expertos tenemos algún tipo de conocimiento aunque sea pobre, pero por pobre que sea la idea o el conocimiento creemos que estamos en plena capacidad y con todas las aptitudes para poder dar nuestro aporte; que como es claro es más parecido a una queja.

De todos modos siempre hay algo que decir, siempre tenemos algo dentro de nuestros pensamientos, algo que nos inquieta. Pero debemos de tener en cuenta y en consideración que como no todo lo que brilla es oro, y no todo lo que se dice es bien dicho; debido a ello debemos de despojarnos de las quejas.

Algunas veces hemos podido pensar que tipo de personas son las que dicen estas cosas y que tipo de personas son las que nos enseñan a decir estas cosas; sin embargo debemos de mirar no solo el problema, siendo así intentemos mirar y sobre todo analizar la situación y el entorno de cada frase.

Dadas las circunstancias es que cada frase pronunciada, y cada oración articulada encierra en ella mucho más de lo que a simple vista (o en este caso a simple interpretación) dice. Tras todo este análisis se genera una controversia, la cual pasa desde la esfera de pensar mal; es decir de realizar una interpretación muy ligera y con ánimos de ofensa, y otra que guarda relación con el nivel cultural de cada persona.

Se habla con frecuencia de que al momento de elegir y/o votar por determinado candidato “se elige de último momento”, lo que puede ser cierto si tenemos en cuenta la desinformación o la falta de interés; siendo ambos factores determinantes al momento de sufragar.

Considero que no es idiosincrasia, considero que es una enfermedad. Ello por las cosas que suelen pasar solamente en nuestro país, como la que mencione en las primeras líneas de la presente.

La fotografía que tiene nuestra sociedad en estos días es la de una masa de personas que siempre busca y actúa de manera individualista, una sociedad que siempre esta buscando algún defecto. Diversos estudios sociológicos demuestran que somos un “tipo de sociedad”, algo especifico, algo que nos hace únicos y nos diferencia de los demás.

Pretendamos que nunca hemos escuchado nada mal ni nada absurdo y pensemos que todo estará y será lo correcto; ya que todo depende de nosotros mismos.

*PUBLICADO EN EL DIARIO LOS ANDES EN MI COLUMNA DEL JUEVES 20 DE AGOSTO DEL 2010.

jueves, 19 de agosto de 2010

LOS MANDAMIENTOS DEL ABOGADO - PERMITIDO COMENTAR Y TENER IDEAS DIFERENCIADAS -

1. ESTUDIA El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado

2. PIENSA El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

3. TRABAJA La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de las causas justas.

4. PROCURA LA JUSTICIA Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.

5. SE LEAL Leal con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.

6. TOLERA Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

7. TEN PACIENCIA En el derecho, el tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.

8. TEN FE Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia. Y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia ni paz.

9. OLVIDA La abogacía no es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

10. AMA TU PROFESION Trata de considerar la abogacía de tal manera, que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti, proponerle que se haga abogado.

EDUARDO J. COUTURE









martes, 17 de agosto de 2010

CARTELES

Encuentralos en : http://herederosdejuanpalomo.blogspot.com/search/label/carteles









Cómo nos discriminan a gordas y gordos *

Somos muchos más que la mitad más uno

El 15 de octubre de 1999, la Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires dijo ante los periodistas “este hombre no tiene límites morales. Él quiere hacer su negocio”. Por esos dichos fue querellada por Víctor Alderete. Los dichos se referían a la frustrada licitación de PAMI —a cargo de Alderete—, debido a la oportuna y exitosa impugnación de la Defensora del Pueblo. Días después, los periodistas consultaron a la Defensora sobre qué opinaba sobre el hecho de que Alderete la había calificado como “esa gorda comunista…”.

La defensora respondió: “¿Qué? ¿En serio dijo que estoy gorda?”.

¿Qué es ser gordo y qué es ser obeso?




La primera distinción que se hace desde el paradigma de la “ciencia médica” es la que existe entre personas con sobrepeso y personas obesas. Sin embargo, a la hora de definir esta diferencia, desaparecen todas las precisiones:

La obesidad es una enfermedad crónica, que se caracteriza por un exceso de grasa, que a su vez se traduce en un aumento de peso, que sobrepasa en un 15% el peso teórico, debido al aumento de las reservas adiposas. La obesidad es el trastorno más frecuente de las sociedades desarrolladas.

En otras páginas se da una tabla de cálculo que indica que se es obeso cuando —al menos en mi caso— el exceso de peso es del 50 % del peso ideal. Yo mido 1,78, mi peso ideal sería de 64 kgs. Yo peso 93, estoy al límite, pues con 96 kgs. sería obeso.

Para otros,

La obesidad es un exceso de grasa corporal que por lo general, y no siempre, se ve acompañada por un incremento del peso del cuerpo.

Aparentemente, para la Organización Mundial de la Salud, se utilizan la tabla de cálculo ya citada. Según esos cálculos, en mi caso, con 1,78 m. de estatura, se aplicarían las siguientes cifras [las cifras agregadas en relación a mi peso se agregan entre corchetes]:

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el sobrepeso como un IMC igual o superior a 25 [79 kgs.], y la obesidad como un IMC igual o superior a 30 [96 kgs.]. Estos umbrales sirven de referencia para las evaluaciones individuales, pero hay pruebas de que el riesgo de enfermedades crónicas en la población aumenta progresivamente a partir de un IMC de 21 [67 kgs.].

Claramente, de medicina no entiendo ni michi, pero me parece que si yo pesara 64 kilos, no podría considerarse que ese es mi peso ideal. ¿Ideal para qué?

¿Cuántos somos?

Un extranjero que llegara a Buenos Aires y recorriera el Patio de Bullrich, fuera al after office de un bar como El Gran Danzón, y terminara cenando en un nuevo restaurant de moda en Palermo Soho, quedaría maravillado con la fina belleza de las mujeres argentinas, siempre tan seductoras como delgadas y elegantes.

Hace unos años, cuando la inmensa mayoría de los veraneantes en Punta del Este eran argentinas y argentinos, difícilmente se podría ver mujeres con sobrepeso en Playa Solanas al atardecer. Sin embargo, según esta nota del diario Clarín, las personas con sobrepeso somos el 60 % de la población:
“En Capital, Gran Buenos Aires, Corrientes y Catamarca, los encuestados situaron al sobrepeso como segunda causa de discriminación. Según el Ministerio de Salud, el 60% de los argentinos tiene sobrepeso, y la mitad de ellos son obesos”.

“El nivel socioeconómico encabeza los motivos de estas situaciones reales de discriminación (28,9%), seguido por el sobrepeso (19,3%), el aspecto físico (18,4%), la nacionalidad (14,1%), la discapacidad (‘a las personas pobres (81,5%), con sobrepeso (78,6%), portadores de enfermedades contagiosas (75%), con discapacidad (68,1%), y a las minorías sexuales (64,8%)”.

La particularidad de la discriminación que sufrimos los gordos es su altísimo grado de aceptación social. En este sentido, se ha señalado:

El gurú contra el «gordismo»

Curiosamente, el líder mundial del movimiento contra el «gordismo» es uno de los pocos que sí logró adelgazar. Paul Campos, profesor de Derecho de la Universidad de Colorado, bajó de 100 a 75 kilos gracias al «footing». De inmediato, su ánimo repuntó, pero no por tener mejor aspecto ni por subir las escaleras sin resoplar: en su opinión, el único motivo fue el chaparrón de elogios que recibió de sus conocidos. «Me sentí bien por el mensaje perverso que nos manda la sociedad: que ser flaco está bien y ser gordo está fatal», recuerda.

Tras relatar su experiencia personal, Campos se enzarza en un ardoroso discurso contra el afán de control de las «élites esqueléticas». Según él, los estudios científicos exageran los vínculos entre la obesidad y las enfermedades. Y, en todo caso, opina que los gordos no son responsables de sus genes, así que tendrían que estar tan protegidos por las autoridades como los discapacitados. «En realidad, la “gordofobia” es una forma socialmente aceptable de expresar tus prejuicios sociales, porque la obesidad es una enfermedad que afecta sobre todo a las clases bajas y a las minorías raciales».

En la práctica, Campos y sus seguidores exigen una ley como la que ya protege a las mujeres o los homosexuales. Y no es una idea tan estrambótica como parece: en San Francisco ya está prohibida la discriminación por motivos de peso. Allí, el movimiento contra la «gordofobia» despuntó en 2000 a raíz del anuncio de un gimnasio en el que aparecía un extraterrestre y el eslogan: «Cuando vengan, se comerán primero a los gordos». Indignados, los obesos de la ciudad montaron una sesión de aeróbic a las puertas del local con camisetas que rezaban «Cómeme». Poco después, el Ayuntamiento aprobó su pionera normativa, que, con más o menos celo, también se aplica en otros estados norteamericanos como Míchigan o Massachussets.

Según un estudio publicado en el Yale's Rudd Center for Food Policy & Obesity el año pasado , las mujeres obesas podrían recibir ingresos hasta un 25 % menores por su trabajo. También es menos probable que realicen estudios universitarios y que tengan menor cantidad de relaciones amorosas. Una encuesta, por otra parte, determinó que algunos kilos de más pueden reducir en un 20 % las probabilidades de que una mujer se case.

Eso es todo por hoy. Continuaremos.

* INTERESANTE POST DEL BLOG "NO HAY DERECHO" http://nohuboderecho.blogspot.com/2010/08/como-nos-discriminan-gordas-y-gordos.html

sábado, 14 de agosto de 2010

CIUDADANIA, OBJETIVOS Y DESTINO II

“Una sociedad humana global basada en la pobreza de muchos y la prosperidad de pocos, caracterizada por islas de riqueza en medio de un mar de pobreza, es insostenible”.

(Thabo Mbeki, Inauguración Cumbre de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible, Johannesburgo, 2002).

La apasionada existencia del ser humano, y su propia interacción, ha creado en el tiempo y en el espacio, todo aquello que podamos referir como, aspiraciones y deseos que terminan convertidos en acciones, así también tenemos los anhelos que muchas veces resultan ser contradicciones que chocan entre sí, y derivan en conflictos la myoria de las veces.

Citando a Heráclito de Efeso: “El mundo, unidad del todo, no fue creado por ninguno de los dioses o los hombres, sino que fue, es y será fuego eternamente vivo, que se encenderá y se apagará con regularidad”

Tal es así que vemos hoy en día a la globalización, la ley universal del desarrollo social que conduce a la progresiva mayor interdependencia entre los individuos, entidades y naciones, que ha estado presente a lo largo de la historia, y por tanto, no es un fenómeno nuevo ni creado por la actividad del hombre; sino mas bien, es algo inherente y que obedece a la sociedad.

La globalización también significa integración de los mercados a escala mundial. Es así que ha sido indispensable la formación de bloques económicos orientados bajo la lógica de libre comercio. Desde el punto de vista social, significa la reducción de las distancias entre los pueblos.

De todo esto se aprecia que debemos de trazarnos objetivos, los cuales los podemos dividir en objetivos políticos, objetivos sociales y objetivos jurídicos.
• LOS OBJETIVOS POLÍTICOS: son los que se relacionan con la mejora de la vida política, que pueda tener nuestra localidad y en memoria de José Carlos Mareategui que escribió dos párrafos que enervaron en su oportunidad aquel gran problema político que tiene el Perú en sus 7 ENSAYOS DE INTERPRETACION DE LA REALIDAD PERUANA, para ser mas precisos en su ensayo sobre REGIONALISMO Y CENTRALISMO al señalar:

(…) En el Perú el problema de la unidad es mucho mas hondo, porque no hay aquí que resolver una pluralidad de tradiciones locales o regionales sino una dualidad de la raza, de lengua y de sentimiento, nacida de la invasión y conquista del Perú autóctono por una raza extranjera que no ha conseguido fusionarse con la raza indígena ni eliminarla ni absorberla (…)

El objetivo se traza para ser cumplido, por lo tanto si el objetivo es político y la política es el arte de lo posible podemos hacer posible que el sentimiento de exclusión política que puedan tener los pueblos del Perú sea menos tormentosos; porque solo de esa forma se logra la unión política que falta y se dejan de lado la miseria y la ignorancia que constituyen formas de injusticia. Un pueblo ignorante no puede estar conciente de sus derechos y menos aún de sus deberes para con los demás.

• LOS OBJETIVOS SOCIALES: Tienen relación con la calidad de vida social de todos los ciudadanos y sobre la diversidad cultural que acoge el Perú pueden tomarse muchas previsiones como la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural (UNESCO 2001) profundiza aún más en el concepto al afirmar que "... la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos"; Se convierte en "una de las raíces del desarrollo entendido no sólo en términos de crecimiento económico, sino también como un medio para lograr un balance más satisfactorio intelectual, afectivo, moral y espiritual"

La cultura que no es mas que los valores, creencias, tradiciones; es la manera habitual de pensar y de sentir, ante las distintas situaciones que afronta la organización, compartida por sus miembros. Pero porque creencias, porque son todas aquellas proposiciones o ideas reconocidas como verdaderas por los miembros de un sistema cultural, es justo aquí donde radica el problema dado que el Perú goza además de diversidad cultural la cual comúnmente es llamada “interculturalidad”

• LOS OBJETIVOS JURÍDICOS: los objetivos jurídicos no son mecanismos que viabilizan el desarrollo de la sociedad, sino mas bien, lo que hacen estos es regular el desarrollo de la sociedad en el tiempo, deben de consistir en el adecuado conocimiento de los dispositivos que regulan.

Debe entenderse que el DERECHO es como el lenguaje, es decir que se adapta a determinadas épocas y a determinadas zonas, no hay en efecto vida social sin un mínimo de disciplina; esta necesidad implica reglas estables y una autoridad que asegure el respeto. En una sola palabra, todo grupo humano tiende naturalmente hacia una organización que concentre la fuerza en manos de un poder y establezca así una diferenciación entre gobernantes y gobernados; es por esto que se establece el derecho desde la cuna de las civilizaciones.

En consecuencia si seguimos los objetivos, el espectro con el que cada ciudadano ve, bien sea una ciudad o el país, cambiara para bien.

jueves, 12 de agosto de 2010

LOS MUROS DE LA PROPOPAGANDA POLÍTICA *

La propaganda hoy en día se respira en el aire. No hay huída posible a su voz insistente. (Sir Frederick Charles Bartlett). Pero últimamente vemos propagandas pintadas en los muros que traen como lemas, por ejemplo que tenemos que “salvar el lago”, y obviamente dejando de lado el que tenemos que tener el cuidado suficiente para con nuestro medio urbano, teniendo en consideración que como es de costumbre las pintas de los muros y paredes no se ven tan bien como se cree.

La propaganda, según tengo entendido, suele ser persuasiva y a veces suele no significar nada. Recientemente por el ambiente político que se vive a menos de dos meses de las elecciones 2010 se han olvidado de manera casi criminal del cuidado de nuestro medio ambiente.

Recordando, que la Ley de Partidos Políticos, Ley 28094 señala (Articulo 2 inciso b) que son fines de los partidos políticos, según corresponda; contribuir a preservar la paz, la libertad y la vigencia de los derechos humanos consagrados por la legislación peruana y los tratados internacionales a los que se adhiere el Estado.

Por ello no tengo la intención de querer convertir la presente en un artículo que desarrolle las características, las propiedades y los tratados que consagran el derecho al medio ambiente un medio ambiente sano y equilibrado y libre de todo tipo de contaminación; solo se pretende resaltar que todavía tenemos la errada concepción de que el medio ambiente puede esperar mientras dure la campaña o mientras dure la fiesta. La Ley General del Medio Ambiente solamente se limita a hablar de los sistemas objetivos y subjetivos, propios de una ley más tecnificada (por ejemplo una ley de este tipo es la Ley del Procedimiento Administrativo General) pero, como es obvio tratándose del medio ambiente debe de darse otro tratamiento que sea más abierto y menos técnico.

De este modo tendría la capacidad de abarcar aspectos trascendentales como por ejemplo la legitimidad para obrar, esto de acuerdo a un proceso sobre responsabilidad civil ambiental, y señalar con precisión los factores de atribución al momento de haberse producido un daño ambiental.

Ahora bien, muchos nos hemos preguntado sobre el daño que se causa al medio ambiente por el solo hecho se producirse las elecciones o también por el solo hecho de que nuestro país sea democrático; por eso, el daño ambiental es que siempre lo asociamos a la idea de un menoscabo. Completando la idea de que es el menoscabo que como consecuencia de un acontecimiento o evento determinado sufre una persona ya en sus bienes vitales o naturales, ya en su propiedad o en su patrimonio.

Desde otro punto de vista, como es el análisis económico del derecho, el daño ambiental se traduce como las externalidades que sufre un tercero consecuencia de un agente o sujeto contaminante. Así, el análisis económico del derecho nos da mayores luces sobre lo que acontece en nuestra realidad, para el autor Roger Vidal Ramos en un artículo y ponencia titulado “la responsabilidad civil ambiental: alcances y perspectivas” quien señala que Los daños al medio ambiente son externalidades típicas, ya se trasladan o imponen costos a terceras personas (sic).

Dado estos parámetros, concluimos que los partidos políticos contribuyen con el desarrollo y la prevalencia de los derechos humanos. Y acudir con fines esenciales políticos de su naturaleza, donde podemos considerar que esta el cuidar de nuestra ciudad y por lo tanto evitar en posible cualquier tipo de contaminación.


* ARTÍCULO PUBLICADO EN EL DIARIO "LOS ANDES" EN FECHA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2010, EN MI COLUMNA SEMANAL -    PREGUNTAR X PREGUNTAR.

viernes, 6 de agosto de 2010

DERECHO A LA EDUCACIÓN *

Partiendo de la idea de que el derecho a la educación es un derecho subjetivo de contenido constitucional y no un servicio público; debido a que no reúne las características de un servicio de esta naturaleza. Podemos afirmar que TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA EDUCACIÓN tal como lo consagran los dispositivos que lo promueven.

Ahora parece ser tema de no tan actual comentario el hecho de que se haya querido promover que las facultades de derecho se cierren; a ello viene la presente, para ver no el ámbito legislativo sino más bien el ámbito de una crítica sana y mal sana a la vez (algo así como se podría llamar de “mixto”). Según la Asamblea Nacional de Rectores y también según el Congreso de la República se estima que hay aproximadamente 100 mil abogados en el territorio de nuestro país y aproximadamente 82 mil estudiantes dentro de los claustros universitarios, de esta forma Jorge Toyama hace una aproximación de que existe un abogado por cada 295 habitantes ( en la página web de semana economica.com - ¿Deben cerrarse las facultades de derecho?) como es obvio parece haber hecho un análisis algo apurado de esta realidad.

Remitiéndonos al artículo precitado, se señala de la misma forma que “estamos quizá ante la profesión que más desempleo y subempleo presenta hoy en el mercado de trabajo”. Lo cual parece ser certero hasta el momento, podemos por nuestra parte decir que no tenemos porque ser tan pesimistas en torno a nuestra realidad; no se trata de concentrarnos en nuestros puntos débiles sino fijarnos en nuestros puntos fuertes (algo así como lo que en el coaching se dice sobre el circulo de influencias) de esta manera dejaremos de ver con preocupación alarmante el hecho de que el Jorge Toyama tiene razón.

Al respecto también se han hecho análisis desde la perspectiva económica del derecho, como la realizada por Alfredo Bullard la cual resultar ser merecedora de ser copiada textualmente; pero dadas las circunstancias obviaremos ese formalismo necesario, es así que refiere que tal posición, me refiero a la del animo perverso de querer cerrar las facultades de derecho en las universidades del país, esta formulada en conceptos poco firmes lo que la hace un verdadero despropósito (de la misma manera su post es más una critica que una posición, debido a que trata de analizar los errores de otro post que trata del tema en cuestión).

Tras haber analizado esto se asoman varias ideas las cuales son fáciles de compartir, como podríamos tener por ejemplo: que si es que talvez se trate de un plan malévolo que quiera dotar de menos abogados al Perú, otra idea no tan simplista como la anterior podría ser que talvez se tenga la idea de que a menos abogados exista mayor posibilidad de que otros abogados tengan mejores y por lo tanto “más” posibilidades de algo, podría ser ese “algo”, quizás trabajo, quizás fortuna, quizás fama, quizás dinero. Porque si es que alguien se animaría a decir que se tendría más oportunidades u oportunidad para algún abogado nos olvidamos de la oportunidad que tendría cualquier ciudadano para querer estudiar en alguna facultad de derecho de cualquier universidad del país.

Si bien se haya cerrado o no el debate, sea o inconstitucional o no, bien ya hayan habido los pronunciamientos pertinentes; el hecho es que ya se planteo el tema y formularon proyectos y quedo para que se haga un comentario o algunos comentarios como ya vimos dentro de la presente opinión. Es cierto que el tema no queda solamente dentro del campo constitucional, ni mucho menos solo en el campo de los derechos humanos; el tema es que va más allá de todo eso (como es el mercado, la libre iniciativa privada, la empresa entre otros); siendo así si esta en nuestro destino que el Perú este plagado de abogados que así sea, ya veremos en el camino como resolverlo algo se nos ocurrirá, algo menos descabellado o algo más inteligente.


* PUBLICADO EN EL DIARIO "LOS ANDES" EN FECHA JUEVES 05 DE AGOSTO DEL 2010.